Definición de tarifas de acueducto, alcantarillado y aseo

Foto: pixabay.com

MAYO DE 2019

Sector: Servicios públicos
Entidades Involucradas: Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico
Empresa: Financiación
Mejora:Trámite/Normativa
Impacto regional: Todo el país

Las empresas prestadoras serían autónomas para realizar la modificación de los costos económicos de referencia de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.

Los prestadores de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo que tienen establecidas sus tarifas de acuerdo con la regulación vigente, y requieren modificar las fórmulas tarifarias, deben presentar su petición a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA.

Con el procedimiento actual los prestadores solicitan a la CRA la modificación de las formulas tarifarias y/o costos económicos de referencia de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.

Esos costos económicos de referencia corresponden a las actividades asociadas a la prestación de los servicios públicos domiciliarios, en concordancia con las metas de servicio y de eficiencia. Dicho de otra manera, son los costos reales en que incurre el ente prestador, que incluyen los administrativos, operativos, de inversión y ambientales.

Modificaciones
 
Los costos económicos de referencia de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, ya no serían objeto de actuación administrativa de la CRA, sino de las empresas prestadoras respectivas.
 
Beneficios
 
Las empresas prestadoras serían autónomas para realizar la modificación de los costos económicos de referencia de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.
 
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