Se establece el trámite interno de las solicitudes de conciliación y terminación por mutuo acuerdo
La Ley facultó a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, para realizar conciliaciones en procesos contenciosos administrativos, en materia tributaria, aduanera y cambiaria y para terminar por mutuo acuerdo procesos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios