Se deberá presentar ante la ADRES en el término máximo de un año contado a partir de la fecha de la generación de la obligación de pago
El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública.