Cambio de carácter académico de instituciones técnicas y tecnológicas

Sector: Educación
Entidades Involucradas: Ministerio de Educación Nacional
Ciudadano: Educación
Empresa: Calidad
Mejora:Trámite/Administrativa
Impacto regional: Todo el país

El trámite culminará en menos de los 18 meses que demora en la actualidad.

La educación superior en Colombia tiene entre sus modalidades las instituciones que forman técnicos profesionales y las instituciones tecnológicas.
 
Un técnico profesional, por su formación, está facultado para desempeñarse en ocupaciones de carácter operativo e instrumental. Desarrolla competencias para actividades laborales con un alto grado de especificidad y un menor grado de complejidad. Su formación se centra en acciones destinadas a la producción de bienes y servicios.
 
En cambio, un tecnólogo desarrolla competencias relacionadas con la aplicación y práctica de conocimientos en un conjunto de actividades laborales más complejas y no rutinarias, en la mayor parte de los casos, y desempeñadas en diversos contextos. Requiere mayor capacidad de decisión y de evaluación, así como de creatividad e innovación.
 
Tanto las instituciones técnicas como las tecnológicas están autorizadas a ofrecer y desarrollar programas de formación hasta el nivel profesional, solo por ciclos propedéuticos (lo que significa que el alumno puede realizar sus estudios de pregrado hasta un programa técnico profesional, transitar luego hacia la formación tecnológica y seguir preparándose hasta alcanzar el nivel de profesional universitario)  y en las áreas de las ingenierías, tecnología de la información y administración.
 
Una institución de educación superior de carácter técnico profesional puede  convertirse en institución tecnológica, institución universitaria  o  escuela  tecnológica y una  institución  tecnológica puede convertirse en escuela tecnológica o institución universitaria. Ese proceso se denomina cambio de carácter académico, e implica  reformas estatutarias, académicas y administrativas.
 
El trámite de cambio de carácter académico tiene una duración de 18 meses, conforme con lo establecido en la Ley 749 de 2002.
 
Modificaciones
 
Mediante ajustes y optimización del procedimiento interno se aplican mejoras y se reduce el tiempo de actividades críticas. Lo anterior permitirá reducir la duración del trámite a menos de los 18 meses que demora en la actualidad.
 
Beneficios
  • Obtención de los servicios de manera más ágil y oportuna
  • Mayor satisfacción de los usuarios
Para saber más
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