Beneficio Económico Periódicos para colocadores independientes de apuestas

Foto: pixabay.com

FEBRERO DE 2020

Sector: Hacienda|Trabajo
Entidades Involucradas: Colpensiones
Ciudadano: Adulto Mayor, Empleo
Empresa: Seguridad social
Mejora:Norma de alto impacto/Intervención
Impacto regional: Todo el país

Procedimiento que permitirá a los colocadores independientes de apuestas su ingreso a un mecanismo de ahorro para la vejez, como los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS)

El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios de la administración pública.

En aplicación de estas facultades se expidió el Decreto 2106 de 2019, que  permitirá a todas las entidades públicas realizar mejoras en 2.900 trámites y procedimientos administrativos con el objetivo de mejorar el servicio y atención a los ciudadanos.
 
Uno de los procedimientos tiene que ver con la cuenta de Beneficios Económicos Periódicos – BEPS, para colocadores independientes de juegos de suerte y azar que ganen menos de un salario mínimo vigente.
 
Son colocadores de apuestas permanentes independientes las personas que por sus propios medios se dediquen a la promoción o colocación de apuestas permanentes, sin dependencia de una empresa concesionaria, en virtud de un contrato mercantil.
 
Beneficios Económicos Periódicos - BEPS - es un programa de ahorro voluntario diseñado para proteger a las personas cuyos recursos no alcanzan para cotizar a pensión.
 
Modificaciones
 
Establece un procedimiento que permitirá a los colocadores independientes de apuestas su ingreso a un mecanismo de ahorro para la vejez, como los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).
 
Beneficios
 
Trámites, procesos y procedimientos administrativos sencillos, ágiles, coordinados, modernos y digitales.
 
Para saber más
 
Decreto 2106 de 2019
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