Se integra a los servicios de la Ventanilla Única de Trámites y Servicios del Ministerio de Trabajo
Para poder trabajar en Colombia, los adolescentes entre 15 y menos de 18 años requieren de la respectiva autorización expedida por el Inspector de Trabajo.
Excepcionalmente los niños y niñas menores de 15 años podrán recibir autorización del Inspector de Trabajo o en su defecto del ente territorial local, para desempeñar actividades remuneradas de tipo artístico, cultural, recreativo y deportivo que no puede exceder las catorce (14) horas semanales.
Obtener la autorización es un trámite que venía realizándose de manera presencial hasta la entrada en funcionamiento de la Ventanilla Única de Trámites y Servicios del Ministerio de Trabajo, donde se pueden adelantar 20 gestiones diferentes.
En menos de un mes se han atendido exitosamente casi 90 solicitudes por esta vía.
Modificaciones
Este trámite ha tenido 5 intervenciones.
Se puso en marcha una herramienta tecnológica mediante la cual los usuarios de la cartera laboral podrán realizar los trámites más frecuentes del Ministerio a través de un canal virtual. Así se evitan desplazamientos y filas para los ciudadanos y empresarios, con alcance inicial en la Dirección Territorial de Bogotá.
El usuario podrá enviar los documentos a través de la Ventanilla Única de Tramites y Servicios en 34 Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo.
Beneficios
- Reducción de tiempos y costos de desplazamiento.
- Ya no es necesario acudir a las sedes del Ministerio.
- Menos filas.
- Posibilidad de hacer seguimiento vía web del trámite.
- Horario de recepción 24 por 7.
Para saber más
Trámites y servicios Ministerio del Trabajo
Resolución 1796 de 2018