Arancel 0 para importación de oxígeno

AGOSTO DE 2021

Sector: Comercio Exterior|Hacienda|Salud
Entidades Involucradas: Dian|Ministerio de Comercio, Industria y Turismo|Ministerio de Salud y Protección Social
Ciudadano: Salud
Empresa: Comercio Exterior
Mejora:Barrera/Administrativa
Impacto regional: Todo el país

El Gobierno nacional, por recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior (Triple A), determinó establecer temporalmente el arancel del 0 % para la importación de oxígeno al país

La epidemia del coronavirus COVID-19 puede desencadenar en grandes daños para la salud de las personas.
 
El Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud, emitió concepto favorable a la exención arancelaria del oxígeno y los concentradores de oxígeno durante el término de la emergencia sanitaria, considerando que estos se utilizan en pacientes con afecciones respiratorias que requieren altos flujos de oxígeno para su recuperación, y por tanto, es fundamental para pacientes que desarrollan manifestaciones graves de COVID- 19.
 
Modificaciones
 
El Gobierno nacional, por recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior (Triple A), determinó establecer temporalmente el arancel del 0 % para la importación de oxígeno al país.
 
La DIAN habilitó en el sistema informático la aplicación del arancel del 0% para las importaciones de oxígeno y concentradores de oxígeno.
 
Beneficios
 
Responder a la demanda de oxígeno y concentradores de oxígeno que requieren los pacientes contagiados por el COVID -19 en las etapas de hospitalización y post hospitalización.
 
Para saber más

Decreto 423 de 2021

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