La Superintendencia de Sociedades pondrá en marcha el Formulario Electrónico de Trámites, un instrumento que permitirá a las personas, naturales o jurídicas (usuarios), solicitar la radicación de los trámites ofrecidos por la entidad
La sociedad que pretende hacer uso del beneficio fiscal previsto en los artículos 112 y 113 del Estatuto Tributario (Deducible por concepto de pensiones futuras de jubilación o invalidez) deberá obtener de la Superintendencia de Sociedades la aprobación del estudio actuarial, para establecer el valor presente de las obligaciones futuras por pensiones de jubilación, bonos y títulos pensionales, actuales o eventuales.