Actualización de información de inmuebles en el catastro de Bogotá

Foto: Alcaldía de Bogotá

JUNIO DE 2021

Sector: Municipios|Notariado y Registro
Entidades Involucradas: Alcaldía de Bogotá|Superintendencia de Notariado y Registro
Ciudadano: Propiedad, Vivienda
Empresa: Instalaciones
Mejora:Trámite/Tecnológica
Impacto regional: Todo el país

Una vez la Supernotariado actualice en sus bases de datos la información del cambio de propietario de los bienes inmuebles, esta se verá reflejada automáticamente en línea en la base de datos catastral de la UAECD

En Bogotá, los ciudadanos que adquieren o venden un inmueble deben desplazarse a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD), o a los sitios de atención a solicitar el respectivo cambio de propietario o poseedor.

La entidad, que depende de la Alcaldía Mayor de la ciudad, debe designar una persona para que recepcione el trámite, otra para que lo estudie y resuelva y otra para contestarle al usuario.

Este cambio de propietario o poseedor de un bien inmueble demora aproximadamente un mes.

Para el caso de compraventa de un bien inmueble sin información jurídica (mejora), el trámite se realiza de forma inmediata de manera presencial, cuando la trasferencia del derecho de dominio es clara.

Si bien actualmente se pueden realizar actualizaciones de la información jurídica de los predios mediante un cruce de información con la respectiva oficina de Notariado y Registro, este cruce no opera y solo puede hacerse con los predios interrelacionados, es decir aquellos donde ya se ha verificado con anterioridad la información jurídica del predio entre catastro y registro.

Para este trámite no existe interoperabilidad con la Superintendencia de Notariado y Registro, SNR.

Modificaciones

Se desarrollará una funcionalidad entre la UAECD y la SNR para que, una vez la superintendencia actualice en sus bases de datos la información del cambio de propietario de los bienes inmuebles, esta se vea reflejada automáticamente en línea en la base de datos catastral de la UAECD.

El usuario, para el caso antes señalado, ya no se acercaría a los puntos y canales de atención al usuario a solicitar el trámite ni a reclamar la respuesta del mismo, porque la información se actualizará automáticamente.

Es importante aclarar que el trámite continuará operando en la UAECD para el caso de mejoras, posesiones y predios que no tengan clara la transferencia del derecho de dominio (falsa tradición).

Beneficios
 
  • Ahorro en tiempos, recursos económicos y desplazamientos.
  • El usuario ya no tendría que hacer el trámite sino que este será realizado directamente entre las entidades responsables.
  • Fortalecimiento del servicio al usuario.
  • Aporte a la estrategia de Gobierno digital y Cero papel.
  • Descongestión en los diferentes canales de atención al usuario.
  • Aporte de interoperabilidad entre entidades.
Para saber más 

Trámites y servicios Alcaldía de Bogotá
 
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