Las notarías podrán emitir actos y escrituras públicas 100% digitales y que se puedan firmar de esta manera. Las copias de los documentos notariales también podrán expedirse de manera electrónica El artículo 333 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo, revistió al presidente de la República de precisas facultades extraordinarias para simplificar o suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública. En aplicación de estas facultades se expidió el Decreto 2106 de 2019, que permitirá a todas las entidades públicas realizar mejoras en 2.900 trámites y procedimientos administrativos con el objetivo de mejorar el servicio y la atención a los ciudadanos. Uno de los procedimientos tiene que ver con los servicios que prestan las notarías del país, en especial las escrituras públicas y las copias de los documentos que reposan en sus archivos. Modificaciones Estos procedimientos tuvieron tres intervenciones. Las notarías podrán emitir actos y escrituras públicas 100% digitales y que se puedan firmar de esta manera. Las copias de los documentos notariales también podrán expedirse de manera electrónica, mejorando los tiempos de respuesta y evitando al ciudadano los desplazamientos hasta las oficinas. La Superintendencia de Notariado y Registro expedirá las directrices necesarias para la correcta prestación del servicio público notarial a través de medios electrónicos Beneficios Trámites, procesos y procedimientos administrativos sencillos, ágiles, coordinados, modernos y digitales. Para saber más Decreto 2106 de 2019