Pago de impuestos
Recaudo, declaración y pago
Disminuye el tiempo de entrega a un día hábil
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Cuando se solicite en forma presencial se realizará en forma inmediata, y si se tramita por correo electrónico la respuesta llegará en cinco días hábiles
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La inscripción y actualización del Registro Único Tributario podrá realizarse por medios electrónicos, con mecanismos de autenticación que aseguren la integridad de la información que se incorpore al registro
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El contribuyente podrá diligenciar el formulario por corrección a través del sitio web, generar e imprimir el documento para presentarlo o pagar en las entidades bancarias autorizadas
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El contribuyente podrá liquidar y descargar el recibo a través del sitio web de la entidad y realizar el pago en la entidad bancaria autorizada o por PSE
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El contribuyente podrá diligenciar el formulario de declaración a través del sitio web, así como imprimirlo y firmarlo para realizar el pago en las entidades bancarias autorizadas
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Se fusiona la exoneración del impuesto con la declaración de industria y comercio para evitar doble trámite
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Mediante la VUR (Ventanilla Única de Registro Inmobiliario) el contribuyente obtendrá el paz y salvo en línea a través de las notarías de la ciudad
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El contribuyente obtendrá el recibo generado en el sistema de información
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Se habilitará un correo electrónico institucional para que el ciudadano radique la documentación requerida para el trámite
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